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Estimado Lic.
Me llamo Miguel, le comento que el pasado viernes realice la compensacion del 50% de los aportes patronales (junio) mismos que fueron pagados en el mes de julio, pero entre al portal de tramites tributarios para efectuar un tramite hoy, y me sale como deuda tributaria no pagada el importe de compense por los aportes patronales me indica que debo cancelar el importe de la deuda tributaria actualizada a la fecha de pago y la multa por incumplimiento a deberes formales (MIDF), en caso de corresponder, conforme al articulo 47 de la Ley 2492